SENTENCIA
En consecuencia este Tribunal Sexto Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones: Título Suficiente para asegurar su condición como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus OSWALDO JOSE RIVAS MARCANO a: los ciudadanos CARMEN EDUARDA PATIÑO DE RIVAS, YNDHIRA JOSE RIVAS PATIÑO, OSWALDO JOSE RIVAS PATIÑO, ATAMAICA CAROLINA DEL VALLE RIVAS PATIÑO y JOSE FELIX RIVAS PATIÑO venezolanos y mayores de edad con cedulas de identidad Nos. V-4.046.195;V.-12.672.736.;V-14.685.286;V-15.203.355;yV-16.826.273 respectivamente. De conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo los derechos de terceros o de aquellas personas que siendo herederos del finado no hayan sido.....