El Tribunal en funciones de Control No. 2 de la Sección de Adolescente, oídas las exposiciones de las partes DECLARA:PRIMERO:En cuanto a la calificación del Procedimiento, este Tribunal vista las circunstancias de su aprehensión, señaladas por el Ministerio Público, y evidenciadas en las Actas Policiales, y en atención a lo solicitado por el titular de la Acción Penal, acuerda decretar el PROCEDIMIENTO COMO FLAGRANTE de conformidad con lo establecido en el artículo 557 de la LOPNA; en virtud de que el mismo fue aprehendido momentos después en que este le arrebató una cadena según consta en el contenido de las actas policiales anexas y la declaración del propio adolescente. En consecuencia se convoca directamente al juicio oral y privado, por ello se remitirán las actuaciones al Tribunal de Juicio de esta Sección de Adolescentes, por encontrar este tribunal fundados indicios de la responsabilidad del imputado. SEGUNDO: En cuanto a la precalificación fiscal dada al delito como ROBO EN.....