IV.- DISPOSITIVA.
Bajo las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, DECLARA las anteriores actuaciones como TÍTULO SUFICIENTE para asegurar la condición como ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS de el "de cujus" FRANCISCO RAMÓN VIZCAINO, quien falleciera el día 08-02-2021, tal como se evidencia en copia certificada del acta de defunción Nº 003, Año 2021, Tomo I, Folio 003, suscrita por la abogada PAULA ROSA SALAZAR, titular de la cédula de identidad Nº 20.902.140, en su carácter de Registradora Civil del Municipio Tubores del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha 26-02-2024, a sus hijos o los herederos de estos CLEOFRANCIS DEL CARMEN VIZCAINO CEDEÑO, CLEOMARYS ALCANTARA VIZCAINO CEDEÑO venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.054.123 y V-12.919.517,.....