Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por el ciudadano GIUSEPPE BERGAMINI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.181.402, representado por el ABG. CRUZ DANIEL CARREÑO y la ABG. YARIT CUERO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. Nº 42.736 y 161.358, respectivamente, en contra de la ciudadana DESIRE DE LOS ANGELES VELASQUEZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° V-16.826.179, debidamente asistida por el Defensor Público Primero especializado en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes con fundamento en la causal segunda establecida en el artículo 185 del Código Civ.....