Este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente demanda de Régimen de Convivencia Familiar incoada por la FISCALIA OCTAVA DEL MINISTERIO PUBLICO ESPECIALISTA EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, por requerimiento del ciudadano, FERMIN ADONISIDEC HEREDIA MACIAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.989.117, en contra de la ciudadana, DOAMELIS VERUSCA TORRES ALONDRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.451.143, a favor de los niños, "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente". En consecuencia se establece un Rég.....