V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por la ciudadana YNGRID COROMOTO GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.416.419, contra el ciudadano ERNESTO LUIS RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.221.559.-
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos en fecha 04 de octubre de 1996, ante el Registro Civil del Municipio Villalba del estado Bolivariano de Nueva Esparta, según consta en Acta 13, Folio 13 y su Vuelto, inserta en el libro de Matrimonios de dicho Registro Civil correspondiente al año 1996.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA CERTIFICADA y PARTICÍPESE, lo.....