Esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial incoada por la ciudadana EVELIN DEL VALLE ROJAS SILVA, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.114.475, debidamente asistida por el Abogado DAVID HIDALGO FERRERA, en su condición de Defensor Público Auxiliar Tercero (3ero) de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en beneficio los niños "Cuya identidad se omite de conformidad al articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes". SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana EVELIN DEL VALLE ROJAS SILVA, antes identificada, para que en nombre y representación .....