ME INHIBO de seguir conociendo de la presente causa –se reitera- al sentirme amenazada y hostigada brutalmente por dicho ciudadano.
En tal sentido, pido al Juzgado Superior de esta Circunscripción Judicial, que ha de conocer de esta incidencia, que sea declarada con lugar la inhibición planteada en aplicación del criterio jurisprudencial de fecha 29.11.2000, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, donde se estableció:
"Es necesario señalar en este punto, que el legislador estableció una presunción de verdad respecto a lo dicho por el Juez en el acta de inhibición; se presume la veracidad de los hechos que la fundamentan...".
Esta inhibición obra contra la parte demandante, ciudadana MARTINA NICOLASA TROSEL NOGUERA. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TEMPORAL,
Dra. MARÍA A. MARCANO RODRÍGUEZ.
LA SECRETARIA,
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