este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, en atención a lo previsto en el articulo 514 de la citada Ley Especial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en dicha norma, considera: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO incoado por los ciudadanos HUMBERTO NICOMEDES LOPEZ SUAREZ y LAURYS MARIA RODRIGUEZ VILLARROEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. V- 14.358.465 y 13.191.740 respectivamente, asistidos del abogado REINALDO REYES MARIN, inscrito en el inpreabogado bajo el número 112.452, y TERMINADO éste mediante Sentencia Oral proferida y publicada en esta misma fecha, a tenor de lo establecido en el articulo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la citada norma, haciéndosele saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su s.....