este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano MARINO RAFAEL NARVAEZ RIVAS, en contra de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA CREPUSCULO e INVERSIONES CREPUSCULO.
SEGUNDO: Se condena a la empresa Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA CREPUSCULO e INVERSIONES CREPUSCULO, pagar al ciudadano MARINO RAFAEL NARVAEZ RIVAS, la cantidad de DOCE MIL SESENTA Y DOS BOLIVARES CON TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 12.062, 38). Se ordena la cancelación de los intereses sobre prestaciones sociales, en base al monto condenado a pagar, intereses moratorios e indexación, que se calcularan mediante experticia complementaria del fallo, para tal fin, se ordena al Tribunal de Ejecución, según lo dispuesto en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la designación de un único perito. TERCERO.....