ADMITE el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por la Abogada MARIA TOMEDES, Defensora Pública Primera Penal de ésta Circunscripción Judicial, actuando en su carácter de Defensora del ciudadano, JAVIER ALEXANDER PEREZ FERRER; en contra de la decisión dictada en Audiencia Oral de Presentación de fecha 03OCT2015 y fundamentada en fecha 05OCT2015, por el TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, mediante la cual decretó la MEDIDA PREVENTIVA PRIVATIVA DE LIBERTAD, de conformidad con los 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal.