esta Jueza Cuarta de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, conforme al segundo aparte del articulo 470 y 387 de la citada Ley Especial, imparte su aprobación, y en consecuencia HOMOLOGA en todos y cada uno de sus términos este Acuerdo PROVISIONAL por un lapso de seis (06) meses suscrito entre los ciudadanos ROSA TERESA PADRON PANNACI y LUIS ANGEL DOMINGUEZ GOMEZ, identificados en autos, en beneficio de su hijo, Se ordena entregar las copias certificadas a los interesados, a los efectos legales consiguientes. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en la ciudad de La Asunción, a los siete (07) días del mes de junio del año dos mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y l53º de la Federación.
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