En base a las consideraciones anteriormente expuestas, esta Jueza del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
A- SE RATIFICA LA MEDIDA DE COLOCACION FAMILIAR dictada en fecha 13.05.2013 en beneficio de los Hermanos "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente", en el hogar de los abuelos maternos, ciudadanos JOSE VIDAL SERRANO e YRAIDA JOSEFINA GARCIA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.051.778 y V- 6.954.666 respectivamente, quienes tendrán la RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, INCLUÍDA LA CUSTODIA y REPRESENTACIÓN de los hermanos, y serán responsables del cumplimiento de todos los elementos que integran esta Institución Fam.....