Sala única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONFIRMA LA DECISIÓN CONSULTADA, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 1 de este Circuito Judicial Penal actuando como Tribunal Constitucional de fecha 20 de noviembre de dos mil dos (2002), mediante la cual declara Sin Lugar el Amparo interpuesto por el Cabo Primero LUIS BELTRÁN MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, en contra del Comandante del Cuerpo Técnico de Vigilancia y Tránsito Terrestre, Comisario JORGE LUIS PEREZ por haber cesado el derecho constitucional que se denuncia violado, como lo es la libertad personal y declara Incompetente para decretar la inconstitucionalidad del procedimiento administrativo abierto, por violación del debido proceso, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 336 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.....