En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza Segunda de Primera Instancia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Régimen Procesal Transitorio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos IVETTE MARIANA BERROTERAN FONCAURTE y RAFAEL FEDERICO DEL CASTILLO SALOMON, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nos. V-9.880.645 y V-6.973.940 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia se declara disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos contraído en fecha 10-09-1988, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Leoncio Martínez, Municipio Sucre del Estado Miranda.