Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la demanda de DESALOJO intentada por el ciudadano MOHAMAD ALI ABDUL HADI contra la SOCIEDAD CIVIL VENEZUELA NUEVA ESPARTA.
SEGUNDO: Se condena a la demandada la ASOCIACIÓN CIVIL VENEZUELA NUEVA ESPARTA, ya identificada, a DESOCUPAR y en consecuencia a la entrega inmediata el inmueble arrendado constituido por una parcela de terreno con las bienhechurias sobre el construidas, ubicado en la ciudad de Porlamar, Jurisdicción del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, calle Mariño, entre San Nicolás y Velásquez, nro. 10, en un área aproximada de SEISCIENTOS CATORCE METROS CON CUARENTA Y CUATRO CENTÍMETROS CUADRADOS, (614, 44 Mts2), cuyos linderos y medidas son las s.....