PRIMERO: Le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo transaccional celebrado en fecha 25.01.2022, por el abogado MOISÉS ANDRADE, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la cédula de identidad No V.-5.757.060 e inscrito en el IPSA bajo el N° 33.860 en su carácter de apoderado judicial de la empresa IL MERCATO EXPRESS C.A., parte demandada, y por la otra parte el abogado GASPAR ANTONIO ´DUBOIS ARISMENDI, venezolano, mayore de edad, de este domicilio, titular de las cédulas de identidad No V-8.399.128 e inscrito en el Inpreabogado bajo los número 31.761, quien procede en nombre y representación del ciudadano HENRI DESMOINEAUX RIBALDO, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No V 9.136.699, parte actora, conforme a lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia, se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio; Asimismo se ordena expedir p.....