IV.- DISPOSITIVA.
Bajo las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, DECLARA las anteriores actuaciones como TÍTULO SUFICIENTE para asegurar la condición como ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS de la "de cujus" ARELIS MARGARITA SALAZAR SALAZAR, quien falleciera el día 04-01-2023, tal como se evidencia en acta de defunción Nº 014, Folio 14, suscrita por la abogada ISNELLYS REYES GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nº 15.675.635, en su carácter de Registradora Civil del Municipio Mariño del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha 04-01-2023, a sus hijos YULIMAR GONZALEZ SALAZAR, JUAN MANUEL GONZALEZ SALAZAR, DANNY GONZALEZ SALAZAR y ANDREINA GONZALEZ SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.775.501, V-18.010.537, V-18.010.536 y V-19.71.....