Bajo las anteriores consideraciones, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, DECLARA: las anteriores actuaciones TÍTULO SUFICIENTE, para asegurar su condición como ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus EDOARDO VECCHI MIRONE, quien falleció el día 13-04-2013, tal como se evidencia en el acta de defunción expedida en fecha 30-11-2021, por la Abogada EUCARIS PILAR REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V12.921.574, Registradora Civil de la Parroquia Aguirre, Municipio Maneiro, del estado Bolivariano de Nueva Esparta; la cual se encuentra inserta bajo el Nº 31, folio 31, Tomo I, de los libros de defunciones llevados por esa Oficina Registral correspondiente al año 2013; a los ciudadanos MARIA DOS ANJOS MARTINS DE VECCHI, EDUARDO DANIEL VECCHI HERNÁNDEZ, EVINA ELVIRA VECCHI DE FRANKISH y HUMBERTO VECCHI MARTINS, venezolanos, mayores de eda.....