VI. DISPOSITIVA :
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, presentada por el ciudadano FELIPE ANTONIO DI BACCO DUARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.202.431 contra la ciudadana MARGAUX DEL VALLE GÓMEZ HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.191.208.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos por ante la Prefectura del Municipio Mariño del estado Bolivariano de Nueva Esparta, según consta de acta de Matrimonio de fecha treinta (30) de abril de mil novecientos noventa y nueve (1999), anot.....