Visto que en el cuaderno principal del presente expediente la parte actora realizó desistimiento efectuado en fecha 15 de octubre de 2025, el cual fue homologado en esta misma fecha 21-10-2025, según Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva, registrada bajo el Nro. 2025- , en consecuencia, se levanta la Medida Ejecutiva de embargo, decretada por este Tribunal el día 13-03-2025, y ejecutada en fecha 26-03-2025, participada al Registro Público Inmobiliario del Municipio Maneiro del estado Bolivariano de Nueva Esparta mediante oficio 9157-129 de esa misma fecha, la cual recayó sobre un bien inmueble propiedad de la parte demandada SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES J13-15291 C.A, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda en fecha 04 de Diciembre de 1991, anotado bajo el N° 35, Tomo 102-A-PRO, de los estatutos fueron posteriormente modificados en fecha 29 de junio de 1998, en el prenombrado Regist.....