VI. DISPOSITIVA:
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por DESAFECTO presentada por la ciudadana YURAIMA JOSÉ ROJAS MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.199.875 contra el ciudadano ALEX GREGORIO HURTADO GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.764.642.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos ante la Alcaldía del Municipio Tubores del estado Bolivariano de Nueva Esparta, según se evidencia de acta de matrimonio de fecha veinticuatro (24) de mayo del año dos mil uno (2001), anotada bajo el Nro.08, folios 22 al 24, en los Libros de Registro Civil d.....