V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por el ciudadano LUIS RAFAEL ALFONZO NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.535.542 contra la ciudadana ELENIS ELVIRA CARREÑO INOJOSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.146.260.-
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos el 18 de julio de 2003, por ante el Registro Civil del Municipio García del estado Bolivariano de Nueva Esparta, según Acta Nº 22, folio 47 al folio 48 y su vto. inserta en los libros de Matrimonios correspondiente al año 2003.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.-
PUBLÍQUESE, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia .....