Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal Fronterizo del estado Bolivariano Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, conforme al artículo 439, numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesto, por el Profesional del Derecho JOSÉ DANIEL GONZALEZ CASTAÑEDA, en su condición de Defensor Técnico Privado de los ciudadanos JHONCELSO ANTONIO BELLORIN SALVERRIA, y ELIANNY DEL VALLE ROJAS HERNANDEZ, contra la decisión dictada en fecha 01 de junio de 2026 y fundada en fecha 05 de junio de 2026, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal Fronterizo del estado Bolivariano de Nueva Esparta, mediante el cual declaró sin lugar las solicitudes de nulidad absolu.....