Con fundamento en las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSÉ SANTOS FREITES HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 114.974, actuando en su condición de apoderado judicial de la ciudadana SABINE PLÜM, parte demandada en la presente incidencia, en contra del fallo dictado en fecha 12 de diciembre de 2025, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE REVOCA PARCIALMENTE el auto apelado dictado en fecha 12 de diciembre de 2025, por el referido tribunal de instancia, solo en lo que respecta a la admisión .....