Bajo las anteriores consideraciones, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, DECLARA las anteriores actuaciones TÍTULO SUFICIENTE, para asegurar su condición como ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus GUIDO NEPESCA MACHIOLI, quien falleció el día 15 de abril del año 2013, tal como se evidencia en el acta de defunción expedida por el Registro Civil de la Parroquia Aguirre, Los Robles, Municipio Maneiro del estado Bolivariano de Nueva Esparta, a las ciudadanas HERMOSINDA RIOS DE NESPECA, LILIANA RITA NESPECA RIOS y TERESA NESPECA RIOS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.358.841, V- 9.305.638 y V-10.202.511, titulares del pasaporte 075837082, 136409436 y 194149051, respectivamente, la primera en su condición de viuda y las dos (02) últimas en su condición de hijas. ----------------------------------
De conformidad con lo .....