Por los anteriores señalamientos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, la cual presentara el ciudadano JOSÉ JESÚS RODRÍGUEZ FIGUERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.381.366, actuando en su carácter de apoderado de la ciudadana CARMEN ELENA RODRÍGUEZ FIGUERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.399.827, carácter que se evidencia de la Sustitución del Poder General de Administración y Disposición, debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Primera de Porlamar, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, en fecha 29 de Septiembre de 2025, bajo el Nº 19,.....