V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por la ciudadana NINOSKA JOSE HERNANDEZ REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.224.279 contra el ciudadano FREDDY ALFONZO CABEZA ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.919.645.-
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos en fecha 16 de septiembre de 1994, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Infante, Valle de la Pascua estado Guarico, según Acta Nº 285, inserta en los libros de Matrimonios correspondientes al año 1994.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.-
PUBLÍQUESE, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve, REGÍST.....