VI. DISPOSITIVA:
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por DESAFECTO presentada por la ciudadana YRAISA DEL CARMEN JIMÉNEZ MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.146.711 contra el ciudadano OSWALDO JOSÉ PIÑA FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.273.259.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Tubores del estado Bolivariano de Nueva Esparta; según consta de acta de Matrimonio de fecha veintinueve (22) de julio de mil novecientos noventa y cinco (1995), anotada bajo el Nº 10, folios 23 al 25, e.....