IV.-DISPOSITIVA.
Bajo las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, solicitada por ciudadano AGUSTIN DE JESUS SEVERIM GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-28.412.090, de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil.-
SEGUNDO: SE ORDENA CORREGIR el error señalado en el Acta de Nacimiento N° 2012, folio Nº 34, Tomo 05, año 2001 del Libro de Registro Civil de Actas de Nacimientos del Municipio Mariño del estado Bolivariano de Nueva Esparta, correspondiente al año 2001, en los términos siguientes: donde dice: "AGOSTINNO" debe decir: "AGOSTINHO" siendo esto lo correcto y verdadero.-
TERCERO: No hay condenatoria en costas da.....