VI. DISPOSITIVA :
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio de los ciudadanos YFRAHIM ERASMO CORTEZ ESCOBAR y NANCY RAMONA TROMPIZ SOTO, titulares de las cédulas de identidad Nº N° V-2.783.784 y V- V-4.542.717, respectivamente, de fecha 20 de noviembre de 2008, asentada bajo el Nº 72, folios 72, expedida por la oficina de Registro Civil del Municipio Díaz del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: Se ordena corregir el error alegado en dicha acta de la siguiente manera: donde se lee: "YBRAHIM ERASMO CORTEZ ESCOBAR", debe leerse "YFRAHIM ERASMO CORTEZ ESCOBAR".
TERCERO: Ofíciese lo conducente al Registrador del Municipio Díaz y al R.....