Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: IMPROCEDENTE la defensa opuesta de Prescripción de la Acción opuesta por la representación judicial de la parte demandada.-
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Bolívares (LABORAL), incoada por los ciudadanos MANUEL BENITO FIGUERA y LUIS JOSE VALLEJO, en contra de la empresa RATTAN, C.A, plenamente identificadas en autos.
TERCERO: Se condena a la demandada al pago de los siguientes conceptos y montos recalculados por este Tribunal, conforme a lo establecido en la parte motiva del presente fallo:
Apellidos y Nombre Manuel Benito Figuera
Antigüedad al 19/06/97 666 30,00 4.042,20 121.266,00
Intereses 666 7.688,26
Antigüedad 108 252,00 2.677.658,45
Vac. y Bono Vac. Fracc. 225 4,50 10.666,02 47.997,09
Bonificación por al.....