este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano LUÍS BELTRÁN BRITO GONZÁLEZ, contra la empresa FERRYVEN, C.A., ambos plenamente identificados. SEGUNDO: Se condena a la demandada pagar al demandante: LUÍS BELTRÁN BRITO GONZÁLEZ, la cantidad de SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLÍVARES CON VEINTIOCHO CÉNTIMOS (7.688,28), más lo que resulte de los intereses sobre prestación de antigüedad, de mora e indexación en los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión. TERCERO: Este Juzgado ordena realizar una experticia complementaria del fallo de conformidad con el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a fin de determinar y cuantificar el monto de los intereses de prestaciones sociales conforme al artículo 108 .....