Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano UDON JOSÉ AGUILERA LEON contra la empresa LA SIERRA, C.A. TIENDA DON REGALON. SEGUNDO: Se condena a la demandada pagar al demandante UDON JOSÉ AGUILERA LEON, la cantidad de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 146.265,00), más lo que resulte de los intereses sobre prestación de antigüedad, e intereses de mora en los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión. TERCERO: Este Juzgado ordena realizar una experticia complementaria del fallo, a los fines de calcular los intereses sobre la prestación de antigüedad generada durante la relación de trabajo, la misma será calculada desde la fecha en que le nació el der.....