este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, diverge de las opiniones expuestas por los Expertos Contables designados en la presente causa, y establece que le corresponden a los reclamantes de autos, aplicando la reconversión monetaria, los siguientes montos JOSE GREGORIO GONZÁLEZ: CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES BOLÍVARES CON VEINTIÚN CÉNTIMOS (Bs. 45.843,21); EDWIN MARCANO: CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN BOLÍVARES CON DOCE CÉNTIMOS (Bs. 56.441,12) y EUSEBIO ROMERO LEÓN: CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHO BOLÍVARES CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 57.908,45); quedando así complementado el fallo proferido por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, por imperio de lo dispuesto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgán.....