Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la pretensión intentada, condenándose a la parte demandada al pago de los conceptos y montos reclamados por la demandante, los cuales son discriminados de la siguiente manera:
Ciudadano Santiago José Gómez Fermín quien ingresó en fecha 06-03-2003 y egresó en fecha 30-08-2005, con un salario mensual de Bs. 371.232,90, a) Antigüedad Art. 108 L.O.T. Bs. 1.649.131,42 b) Vacaciones y Bono Vacacional Fraccionadas Art. 225 L.O.T. Bs. 703.280,11 c) Intereses Sobre Prestaciones Artículo 108 L.O.T. Bs. 266.629,47 d) Utilidades Fraccionadas Art. 174 Bs. 448.573,09 e) Salarios retenidos Bs. 3.234.931,60 f) Indemnización Artículo 125 L.O.T. Bs. 787.838,71 g) Preaviso Artículo 125 L.O.T. Bs. 787.838,71, lo que totaliza un monto de SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTITRES BOLÍVARE.....