este Tribunal deja constancia que fue consignado el escrito de contestación de la demanda por la parte demandada empresas TALLER DE LATONERÍA Y PINTURA S.S.M, C.A. y TALLER DE LATONERÍA Y PINTURA ALBE SILVER JUNIOR, C.A., en consecuencia, se ordena remitir el presente expediente constante de ciento siete (107) folios útiles al Tribunal de Juicio, de conformidad con lo previsto en el artículo antes referido de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y en aplicación de la sentencia N° 1300 emanada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 15-10-2004, con ponencia del Magistrado ALFONZO VALBUENA CORDERO y la sentencia No. 810, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 18/04/2006.Líbrese oficio.-