este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la presente demanda incoada por la ciudadana YRENE ELOIZA GUTIÉRREZ, contra las empresas CENTRO DE ESTÉTICA OASIS, C.A. y solidariamente contra KRELYA STILO´S, C.A., por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, en el asunto signado con el No. OP02-L-2009-000043, de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte actora, a los fines que tenga conocimiento de la presente decisión.
TERCERO: No hay condenatoria en costas.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia.