Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Primero: Improcedente la acción intentada por el ciudadano JHONNY RAFAEL DE NOBREGA MEDINA, y en consecuencia, SIN LUGAR la demanda en contra de la sociedad mercantil LABTEC C.A., empresa de la cual es accionista e integrante de la Junta Directiva como Director Técnico.
Segundo: Se condena en costas a la parte actora por haber sido totalmente vencida.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los veintiséis (26) días del mes de octubre de 2004.