En virtud de las consideraciones precedentes, y por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 159, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y los artículos 187 y188 ejusdem pasa a hacer los siguientes pronunciamientos, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Calificación de Despido incoada por el ciudadano WILLIAN SALAZAR RODRÍGUEZ contra la empresa ROFRER, S.A., ambas partes plenamente identificadas. SEGUNDO: Se ordena el Reenganche del Trabajador reclamante a su lugar de trabajo, en las mismas condiciones laborales que tenía antes de la fecha del despido injustificado, así como el pago de los salarios caídos, hasta su real y efectiva reincorporación al cargo que desempeñaba. TERCERO: En cuanto al cálculo de los salarios caídos del recla.....