En virtud de las consideraciones precedentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a hacer los siguientes pronunciamientos: Declara CON LUGAR la demanda intentada por los actores y, en consecuencia, condena a la empresa PLAMAR CONSTRUCCIONES, C.A. a cancelar los conceptos y beneficios laborales que tienen derecho a percibir los extrabajadores: ARQUÍMEDES HERNÁNDEZ REYES, LUIS DANIEL SUBERO, JAIRO JOSÉ GÓMEZ LEIVA Y YHON JOSÉ SALAZAR GASPAR, de conformidad con el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 59, 69, 70, 162, 177 y 195 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y ASI SE DECIDE.- De la misma manera, este Tribunal ordena que mediante experticia complementaria del objeto se establezca lo.....