este tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de cobro de beneficio de alimentación, según la Ley de Alimentación para los Trabajadores, incoado por el ciudadano ABRAHAN JOSE RODRIGUEZ RAUSEO, contra la Empresa DESARROLLOS PUERTO DE LA MAR C.A
SEGUNDO: Se condena a la accionada DESARROLLOS PUERTO DE LA MAR C.A, pagar al ciudadano ABRAHAN JOSE RODRIGUEZ RAUSEO, el beneficio de alimentación desde el mes de enero de 2005 hasta el mes de agosto de 2007, por 783 jornadas de trabajo laboradas en base al 0,25% de la Unidad Tributaria vigente, lo cual alcanza a la cantidad de DIEZ MIL QUINIENTOS SETENTA BOLÍVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 10.570,50).
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
CUARTO: De conformidad con lo establecido en el artículo .....