Esta Juzgadora que efectivamente transcurrió mas de seis (6) meses sin que la parte accionante en amparo impulsara la presente acción, lo que a todas luces evidencia la inactividad por parte de la accionante en amparo, hecho éste que conduce a ésta Juzgadora a declarar que en la presente acción de amparo se configuró el ABANDONO DEL TRAMITE y en consecuencia TERMINADO EL PROCEDIMIENTO. ASI SE DECIDE.