Éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la defensa opuesta por la Abogada IRENE FRANCO CALKITIS, en cuanto a la incomparecencia a la audiencia de juicio. SEGUNDO: CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la parte demandante TOMAS JOSÉ DELGADO ÁVILA, a través de su apoderada judicial Abogada IRENE FRANCO CALKITIS. TERCERO: Se anula la decisión publicada en fecha 26 de febrero de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial. En consecuencia, se repone la causa al estado de que el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial fije nueva oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio en la presente causa, quedando las partes debidamente notificadas. No hay expresa condenatoria en cost.....