Éste Tribunal Primero Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, declara DESISTIDOS los Recursos de Apelación interpuestos, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y se condena en costa a los apelantes de conformidad con lo establecido en el artículo 62 Ejusdem. Remítase el presente expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de este Estado, a los fines respectivos.