éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada apelante, empresa OK VIP CLUB, C.A., a través de sus apoderados judiciales, abogados en ejercicio Felipe Rodríguez Itriago y Maria Isabel Viloria. SEGUNDO: Se revoca la decisión publicada en fecha Catorce (14) de Julio de 2010 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. TERCERO: SIN LUGAR la demanda intentada por la parte actora, ciudadana TANIA MARIA MENDOZA, en contra de la empresa OK VIP CLUB, C.A, por cobro de prestaciones sociales. CUARTO: No hay expresa condenatoria en costas dada la naturaleza del caso. Remítase la presente causa al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judici.....