Por lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Extinción de la Acción por pérdida de interés procesal de las partes solicitantes, ciudadanos JUAN RAMÓN CENTENO y MIRIAN COROMOTO QUERALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.855.517 y V-4.165.699, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio Eunice Padilla P., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 19.855.-
SEGUNDO: Se da por terminado el procedimiento y se ordena el archivo del expediente en su debida oportunidad.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta. En San Juan Bautista, a los veinti.....