En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-"A" del Código Civil, presentada por los ciudadanos: ANTONIO JESÚS MAESTRE RUÍZ y YELITZA ELENA PADILLA DE MAESTRE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.921.822 y V-10.625.652, respectivamente.-
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos ante Jefatura Civil de la Parroquia 23 de enero, Municipio Libertador del Distrito Federal, según consta de copia certificada de acta de matrimonio emanada por la Oficina Subalterna de Registro Civil Parroquia 23 de enero, Municipio Bolivariano Libertador, Distrito Capital de fecha.....