Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Marcano de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 02 de abril de 2009, y en los Artículos 12, 243 y 765 del Código de Procedimiento Civil, y el artículo 185 del Código Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los cónyuges ROBERT HENRY GUZAMANA y ROSA ESTERLINA BENIGNINI DE GUZAMANA, mayores de edad, venezolanos, titular de las cédulas de identidad Nros V-10.921.532 y V-9.459.547 respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía en virtud del matrimonio por ellos contraído por ante la Prim.....