TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLÍN DEL CAMPO Y GÓMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA las anteriores actuaciones Título Suficiente para asegurar su condición como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ciudadano JOSÉ DE LA TRINIDAD DELGADO BASTIDAS, a los ciudadanos NORIS DEL CARMEN PINTO BOLÍVAR, ALÁN JOSÉ DELGADO PINTO y VERÓNICA ADRIANA DELGADO PINTO, venezolanos, mayores de edad, solteros y casada, respectivamente, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.853.304, V-11.513.394 y V-13.865.995, respectivamente, de éste domicilio, en su condición de esposa e hijos del mencionado finado.-
De conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil se deja a salvo los derechos de terceros o de aquellas personas que siendo herederos del fin.....